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Atlas del inversionista

Ausencia de ley general de aguas y de canon nacional de extracción

Dossier
Agua para la industria14-agua-industrial.md
Dominio
Agua industrial, pozos y descargasagua
Sala
Energía/energia
Auditado
Auditado

No. El art. 127 de la Constitución de 1985 declara que 'todas las aguas son bienes de dominio público, inalienables e imprescriptibles' y ordena que 'una ley específica regulará esta materia'; esa ley nunca se ha emitido. En consecuencia no hay ley general de aguas ni canon nacional por extracción: el vacío legal es la regla del juego y el derecho a perforar en terreno propio se sostiene en el Código Civil. La única norma nacional con dientes hoy es la de descargas de aguas residuales (AG 236-2006). La iniciativa 6816 (ago-2026) pretende llenar el vacío, pero no tiene cronograma de dictamen. La expresión 'deuda de 40 años' que circula en otros materiales no consta en No-Ficción (que solo dice que 'la Constitución ordenó regular esta materia hace décadas') y se retiró como cita en la auditoría.

Cifras

Constitución vigente que ordena la ley específica de aguasConstitución Política, art. 127
1985desde 1985

Fuentes

Registros relacionados

Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.