Legalidad, impuestos y registros para operar un Airbnb
- Turismo, hospitalidad y residencia
- Airbnb y el alquiler de corto plazo
- Auditado
No existe ley ni reglamento específico de alquiler de corto plazo: la guía fiscal de Airbnb 2024 dice que 'actualmente en Guatemala no existen regulaciones específicas para ser anfitrión'. Aplican IVA (12%) e ISR con registro en SAT, bajo regímenes opcionales (simplificado sobre ingresos 5%/7% o rentas de capital 10%). El Reglamento de Hospedaje AG 1144-83 no excluye unidades pequeñas, por lo que el registro en INGUAT es 'técnicamente requerido, con aplicación limitada' según una guía privada. El impuesto de hospedaje del 10% hoy no alcanza a plataformas (solo establecimientos registrados); la iniciativa 6811 lo extendería — 10% sobre la tarifa, pagado por el huésped, con la plataforma como 'agente de percepción' por convenio con SAT — y crearía obligación explícita de registro/reporte a INGUAT, pero no tiene dictamen (ago 2026). No se encontró ordenanza municipal ni regla CNPAG específica para alquiler vacacional en Antigua o Atitlán. Veredicto del dossier: legal y fiscalmente gravado, pero no regulado sectorialmente; el riesgo concreto es la iniciativa 6811, no una prohibición.
Cifras
- IVA
- 12%
- ISR opcional
- simplificado 5%/7% sobre ingresos · rentas de capital 10%
- Impuesto de hospedaje a plataformas
- no hoy; 10% propuesto en iniciativa 6811
Salvedad
Fuentes
Organizaciones nombradas en la respuesta
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Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.