Retenciones de ISR a no residentes sin establecimiento permanente
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El art. 104 del Decreto 10-2012 fija retenciones definitivas a no residentes sin establecimiento permanente: 5% sobre dividendos, fletes internacionales y telecomunicaciones; 10% sobre intereses (con exención para multilaterales y entre instituciones bancarias o financieras); 15% sobre regalías, sueldos, comisiones, honorarios y asesoramientos científico, económico, técnico o financiero; y 25% sobre otras rentas no especificadas. Las cuatro tasas fueron cotejadas contra PwC (revisado 09-jun-2026) en la auditoría del 19-ago-2026. Sin convenios de doble tributación vigentes, estas retenciones no son reducibles por tratado.
Cifras
- Dividendos, fletes internacionales, telecomunicaciones
- 5%
- Intereses (exención multilaterales y entre bancos/financieras)
- 10%
- Regalías, sueldos, comisiones, honorarios, asesoramientos
- 15%
- Otras rentas no especificadas
- 25%
Fuentes
Registros relacionados
- ISR del 25% en el Régimen Sobre las Utilidades
- Régimen Opcional Simplificado del ISR (5% y 7%)
- Tributación de dividendos y el timbre derogado
- Tasa del IVA y su mecánica de declaración
- El Impuesto de Solidaridad (ISO): tasa y base de cálculo
- ISO en el régimen simplificado, el Decreto 29-89 y zonas francas
Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.