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Atlas del inversionista

Jornadas, turnos y operación 24/7 según el Código de Trabajo

Dossier
Manual: abrir una fábrica de confección13-manual-fabrica.md
Dominio
IGSS, permisos de trabajo y turnoslaboral
Sala
Talento/talento
Auditado
sin auditar

El Código de Trabajo fija la jornada diurna en máximo 8 horas al día y 48 a la semana; la nocturna en 6 horas y 36 semanales; la mixta en 7 horas y 42 semanales; la hora extra se paga con recargo del 50%. La implicación para el diseño de planta — inferencia editorial del dossier, no dato citable — es que una operación 24/7 exige cuatro cuadrillas o un pago extraordinario estructural. Las fuentes primarias están en el dossier 04 §10.

Cifras

Jornada diurna máximadossier 04 §10
8 h/día, 48 h/semanaCódigo de Trabajo vigente
Jornada nocturna / mixtadossier 04 §10
6 h/36 h · 7 h/42 hCódigo de Trabajo vigente
Recargo hora extradossier 04 §10
+50%Código de Trabajo vigente

Salvedad

Cita indirecta vía dossier 04; la lectura 24/7 es inferencia editorial

Fuentes

  • Código de Trabajo de Guatemala (Decreto 1441), jornadas — fuentes primarias citadas en el dossier 04 §10; este dossier no reproduce la URLSin sitio publicadoconsultado

Registros relacionados

Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.