Jornadas, turnos y operación 24/7 según el Código de Trabajo
- Manual: abrir una fábrica de confección
- IGSS, permisos de trabajo y turnos
- sin auditar
El Código de Trabajo fija la jornada diurna en máximo 8 horas al día y 48 a la semana; la nocturna en 6 horas y 36 semanales; la mixta en 7 horas y 42 semanales; la hora extra se paga con recargo del 50%. La implicación para el diseño de planta — inferencia editorial del dossier, no dato citable — es que una operación 24/7 exige cuatro cuadrillas o un pago extraordinario estructural. Las fuentes primarias están en el dossier 04 §10.
Cifras
- Jornada diurna máxima
- 8 h/día, 48 h/semana
- Jornada nocturna / mixta
- 6 h/36 h · 7 h/42 h
- Recargo hora extra
- +50%
Salvedad
Fuentes
- Código de Trabajo de Guatemala (Decreto 1441), jornadas — fuentes primarias citadas en el dossier 04 §10; este dossier no reproduce la URL
Registros relacionados
- Cuotas patronal y laboral del IGSS y carga laboral total
- Costo y plazos del permiso de trabajo ante el MINTRAB
- Quién paga el permiso de trabajo y su base legal
- Cuota de personal guatemalteco y límite a empleados extranjeros
- Ahorro salarial al instalarse fuera del departamento de Guatemala
- Inscripción patronal en el IGSS: umbral y plazo
Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.