La factura electrónica (FEL): obligatoriedad y requisitos
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- sin auditar
Sí. El régimen FEL (Factura Electrónica en Línea) fue creado por el Acuerdo de Directorio SAT 13-2018, vigente desde el 23 de mayo de 2018, y modificado por el Acuerdo de Directorio 26-2019; cubre emisión, transmisión, certificación y conservación de DTE (facturas, notas de crédito/débito, recibos). La incorporación fue progresiva: contribuyentes de IVA obligados desde julio de 2022, pequeños contribuyentes desde el 31 de marzo de 2023, y desde mediados de 2023 la factura preimpresa dejó de ser válida — la obligación hoy es universal. Todo emisor necesita un certificador autorizado (o la app gratuita de SAT) y firma electrónica; la facturación llega a SAT en tiempo real, lo que es relevante para la due diligence de contrapartes.
Cifras
- Vigencia del Acuerdo de Directorio SAT 13-2018
- 23 de mayo de 2018
- Obligatoriedad FEL para contribuyentes de IVA
- desde julio de 2022
- Obligatoriedad FEL para pequeños contribuyentes
- desde el 31 de marzo de 2023
Salvedad
Fuentes
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Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.