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Atlas del inversionista

La factura electrónica (FEL): obligatoriedad y requisitos

Dossier
Impuestos e incentivos03-impuestos.md
Dominio
Impuestos: ISR, IVA y retencionesimpuestos
Auditado
sin auditar

Sí. El régimen FEL (Factura Electrónica en Línea) fue creado por el Acuerdo de Directorio SAT 13-2018, vigente desde el 23 de mayo de 2018, y modificado por el Acuerdo de Directorio 26-2019; cubre emisión, transmisión, certificación y conservación de DTE (facturas, notas de crédito/débito, recibos). La incorporación fue progresiva: contribuyentes de IVA obligados desde julio de 2022, pequeños contribuyentes desde el 31 de marzo de 2023, y desde mediados de 2023 la factura preimpresa dejó de ser válida — la obligación hoy es universal. Todo emisor necesita un certificador autorizado (o la app gratuita de SAT) y firma electrónica; la facturación llega a SAT en tiempo real, lo que es relevante para la due diligence de contrapartes.

Cifras

Vigencia del Acuerdo de Directorio SAT 13-2018Portal SAT
23 de mayo de 20182018
Obligatoriedad FEL para contribuyentes de IVASERES
desde julio de 20222022
Obligatoriedad FEL para pequeños contribuyentesFacturamelo
desde el 31 de marzo de 20232023

Salvedad

fechas de incorporación según fuentes secundarias

Fuentes

Registros relacionados

Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.