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Atlas del inversionista

Impuestos a vehículos importados: IPRIMA y DAI

Dossier
Importar maquinaria e insumos17-importar-maquinaria.md
Dominio
Importar maquinaria: arancel y despachoimportar-maquinaria
Sala
Invertir · Importar maquinaria: arancel y despacho/invertir/importar-maquinaria
Auditado
sin auditar

Los vehículos tienen un régimen distinto y más caro que la maquinaria. El IPRIMA (Impuesto Específico a la Primera Matrícula, Decreto 10-2012, Libro II) grava la primera inscripción en el Registro Fiscal de Vehículos de vehículos nacionalizados, ensamblados o producidos en el país, con tarifas del 5% al 20% según categoría (cifra de nota de firma legal; artículo exacto por verificar contra el Decreto 10-2012). Para usados, la base imponible es el valor de la factura original del vendedor en el exterior, con tablas de valores imponibles que la SAT actualiza anualmente. El DAI de vehículos puede alcanzar hasta 20% (excepción al techo general del 15%), según Trade.gov; asesores citan rangos de 10-30% CIF que deben verificarse por partida.

Cifras

Tarifas IPRIMALexology (nota de firma); AG 133-2012
5%–20% según categoríavigente
DAI máximo vehículosTrade.gov CCG
hasta 20%vigente

Salvedad

tabla de tarifas IPRIMA por categoría por verificar contra el texto del Decreto 10-2012

Fuentes

Registros relacionados

Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.