Derechos posesorios y el riesgo de comprarlos
- Tierra y propiedad para extranjeros
- Quién puede tener tierra, y con qué título
- Auditado
Los derechos posesorios corresponden a terrenos nunca inscritos en el RGP: lo que se vende es la posesión, no la propiedad, y el comprador debe después titular mediante titulación supletoria (Decreto 49-79), sin acceso a crédito hipotecario mientras tanto. El dossier lo clasifica como riesgo de título alto; la mitigación recomendada es comprar solo fincas inscritas y, si son posesorios, exigir un descuento fuerte y presupuestar el proceso de titulación con abogado, que toma años y no tiene resultado garantizado. El Instituto Notarial recuerda que Guatemala es “país de poseedores, no de propietarios”, con menos del 20% del territorio catastrado.
Cifras
- Posesión mínima probada para titular supletoriamente
- 10 años (sumables a los antecesores)
Fuentes
Registros relacionados
- Propiedad de tierra por extranjeros y seguridad del título
- Mapa de riesgo de título por tipo de finca
- Reservas territoriales del Estado del Art. 122
- Faja fronteriza de 15 km vedada a extranjeros (Art. 123)
- Sociedad local como vía fallida para playa, lago o frontera
- El Registro General de la Propiedad y la consulta de fincas
Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.