Riesgos de la tierra adjudicada vía FONTIERRAS y decretos agrarios
- Tierra y propiedad para extranjeros
- Quién puede tener tierra, y con qué título
- sin auditar
El Fondo de Tierras (FONTIERRAS, Decreto 24-99, institución descentralizada nacida de los Acuerdos de Paz) administra el acceso a tierra vía crédito o subsidio y la regularización de tierras entregadas por el Estado bajo los Decretos 1551 (Transformación Agraria), 60-70 y 38-71. Riesgo para el comprador: los patrimonios adjudicados por el Estado suelen arrastrar condiciones resolutorias, prohibiciones de enajenar por plazo o expedientes de adjudicación incompletos pendientes de regularización. Conviene verificar en la certificación registral si la finca proviene de adjudicación estatal y si la limitación ya caducó o fue cancelada. El alcance exacto de las limitaciones por artículo es una inferencia del marco del Decreto 24-99 y está por verificar.
Salvedad
Fuentes
Registros relacionados
- Propiedad de tierra por extranjeros y seguridad del título
- Mapa de riesgo de título por tipo de finca
- Reservas territoriales del Estado del Art. 122
- Faja fronteriza de 15 km vedada a extranjeros (Art. 123)
- Sociedad local como vía fallida para playa, lago o frontera
- El Registro General de la Propiedad y la consulta de fincas
Esta capa es investigación: leída de fuentes públicas por el equipo del archivo, con cada afirmación citada y su fecha de consulta, y auditada donde así se marca. No ha entrado al almacén verificado —ninguna cifra volvió a traerse de su fuente ni lleva hora de obtención—, así que no usa el numeral rojo de procedencia ni se mezcla con las cifras verificadas.